Llama a abogado clausula suelo en Zaragoza

miércoles, 15 de febrero de 2017

Últimas noticias sobre las cláusulas suelo

Muchos deudores o prestatarios, así como letrados y representantes de los consumidores, esperaban el BOE del 21 de enero de 2017, en el que consta el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero.

Tal cambio en la legislación prevé medidas de urgencia para la salvaguarda de los intereses de los consumidores respecto a las cláusulas suelo.

De esta manera, se agilizarán los trámites para la devolución de las cantidades debidas, así como para la supresión de las cláusulas suelo. El abogado especialista en cláusulas suelo D. César Ciriano Vela, llevará a cabo toda clase de acción legal para la restitución de las cantidades correspondientes.

Ante la firma de documentos con entidades bancarias respecto a la modificación de los criterios de las cláusulas suelo, es conveniente que un abogado experto se halle presente. Aun en el caso de que la entidad bancaria acceda en primera instancia a devolver el monto adecuado y a suprimir las cláusulas suelo, en muchas ocasiones las cantidades que reciben los prestatarios no son las que les corresponden.

El abogado D. César Ciriano Vela estudiará cada caso personalizadamente, realizando un estudio a la medida para que cada cliente obtenga todo lo que le pertenece ya por ley. La reclamación judicial es en muchos casos la única vía posible, reclamación que deberá presentarse ante el correspondiente juzgado.

 La interposición de demandas judiciales para la eliminación de las cláusulas suelo y abusivas es una de las especializados de un abogado que además le comunicará, mediante un lenguaje comprensible por no profesionales, la situación en que se halla su hipoteca.

La sentencia mencionada al comienzo de este post no es la primera respecto al abuso que representan las cláusulas suelo u otras cláusulas abusivas. Ha habido gran cantidad de deudores que, ya desde las primeras sentencias, han decidido reclamar lo que las entidades bancarias se niegan a devolver.

Pero ante las reclamaciones formales ante las entidades, la respuesta es el silencio, la negativa o bien la aceptación pero con trabas que impedirán el reembolso total de lo debido o la nulidad completa de las cláusulas abusivas.

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